Los familiares elegibles del inversionista pueden solicitar la ciudadanía turca por inversión con la misma inversión. Los familiares elegibles para solicitar la ciudadanía turca son el inversionista, su cónyuge y los hijos menores de 18 años. Cabe destacar que los demás familiares deben realizar su propia inversión para poder solicitar la ciudadanía turca por inversión.
Por ejemplo, los siguientes familiares del inversionista principal no son elegibles para la ciudadanía turca por inversión: padre, madre, hermanos, tíos, tías e hijos mayores de 18 años.
Por ejemplo, si un inversionista realiza una inversión elegible para el programa de ciudadanía turca, su cónyuge y sus hijos menores de 18 años podrán solicitar la ciudadanía turca junto con el inversionista. Asimismo, los recién nacidos después de la solicitud de ciudadanía también podrán obtener la ciudadanía turca.
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